El 20 de febrero del 2018, se expidió en el Registro Oficial Nº 184, el Instructivo Para el Control del Ejercicio de los Derechos Laborales de los Trabajadores Migrantes Extranjeros de la República del Ecuador, el mismo que regula qué, el Empleador deberá llevar un registro obligatorio de las personas trabajadoras migratorias o extranjeras y cargar el contrato en el -SUT-.
Las multas por la no afiliación al IESS y el no pago de al menos 1 SBU al trabajador será para las personas jurídicas de 15 SBU.