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No,  el Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural prohíbe a las instituciones educativas particulares y fiscomisionales exigir a los estudiantes o a sus familias el pago de cualquier tipo de contribución económica, bono, donación, derechos de exámenes, derechos de grado, aportes a fundaciones o aportes a sociedades de capital en la figura de acciones, u otros valores no autorizados por la Autoridad Educativa Nacional.

 

Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural:  Art 140 numeral 1

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